Apuntes del Alcázar de Sevilla. Nº 16, 2015 - page 31

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finca sita en la calle Antonio El Bailarín nº 1,
hoy Guardería, (catastral 53180-01), sigue por el
muro de cerramiento de los Jardines del Alcá-
zar en el Paseo de Catalina de Ribera, continúa
por las traseras de las parcelas sitas en la calle
San Fernando números 41, 39, 37, 35, 29-31,
25-27, 23, 21, 19, 17, 15, 13, 11, 9, 7, y 5 (catas-
trales 53180-03, 53180-04, 53180-05, 53180-06,
53180-07, 53180-08-09, 53180-10-11, 53180-12,
53180-13, 53180-14, 53180-15, 53180-16, 53180-
17, 53180-18, 53180-19, 53180-20 y 53180-21,
respectivamente), trasera de Plaza Puerta de
Jerez nº 1 , Palacio de Yanduri, (catastral 53180-
24), trasera de calle Mariana de Pineda nú-
meros, 8, 12-14, 16 y 18 (catastrales 53180-28,
53180-30, 53180-31 y 53180-32, respectivamen-
te), continua por delante de las parcelas sitas
en la calle Dean Miranda números 1A y 1B (ca-
tastrales 53180-33, 53180-34, respectivamente),
Dean Miranda nº 1 (catastral 53180-02), Plaza
de la Contratación número 3 (catastral 53180-
90), trasera de números 3 y 1 de la calle Miguel
de Mañara (catastrales 53180-35-37 y 53180-69,
respectivamente) y pasando por delante de la
Muralla hasta el inicio en la Plaza del Triunfo.
4. Intervenciones en parcelas no
catalogadas.
Como ya se ha mencionado, se mantienen las
ordenaciones marcadas por el documento del
Plan General para el Sector, encontrándonos
con una sola ordenación: Ordenación Centro
Histórico, debiendo cumplir con las Ordenan-
zas Particulares de la Ordenación de Centro
Histórico que se indican en el Capítulo II, del
Título XII, del Libro II de la Normativa Urba-
nística del Plan General de 2006.
5. Edificaciones catalogadas.
Se siguen las pautas marcadas por el Plan Ge-
neral de Ordenación Urbanística de 2006, en
el sentido de eliminar el nivel de protección
ambiental y conservar exclusivamente cuatro
niveles de protección: el Integral (A), el Global
(B) , el Parcial en Grado 1 (C) y el Parcial en Gra-
do 2 (D).
Dentro de todos los edificios catalogados se
han considerado tres grandes grupos: Edifica-
ciones Monumentales, Edificaciones de Interés
Tipológico y Edificaciones de Interés Urbano.
Edificaciones Monumentales.
Se han considerado Edificaciones Monumen-
tales, aquellos edificios que disponen de un
carácter monumental o singular dentro del
Sector por razones históricas y artísticas, arqui-
tectónicas e incluso etnológicas, asignándole
una protección Integral «A» o Global «B», per-
mitiéndose sobre estas últimas la posibilidad de
cambio de uso de parte o la totalidad del edifi-
cio, siempre que mantenga sus características
originales que le han otorgado este carácter
monumental o singular y que se ha valorado en
estos casos.
Dentro de estas edificaciones nos encontra-
mos con los edificios declarados B.I.C. o ins-
critos en el C.G.P.H.A., además de todos aque-
llos que disponen de una monumentalidad
reconocida.
Edificaciones de Interés Tipológico.
A las Edificaciones consideradas de Interés Tipo-
lógico se les han asignado un nivel de protección
parcial en grado 1 «C» de forma genérica, pero
dentro de ellas se han identificado los siguientes
grupos, teniendo en cuenta tanto su tipología
como su fecha de construcción:
• Casas Señoriales del siglo XVIII.
(SE)
• Casas Patios del siglo XVIII, XIX y XX. (PA)
• Casas de Pisos del XIX y XX.
(PI)
• Viviendas Singulares.
(VS)
• Edificaciones Singulares
(ES)
Este grupo de edificaciones merece, un interés
especial en el sentido de que es necesario reali-
zar un gran esfuerzo no sólo por identificar las
distintas tipologías, sino por definir con exacti-
tud los elementos que le son propios y que de-
ben de protegerse.
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