Prepara tu visita
Horarios
Horarios de Visita
El horario varía en función de la temporada de Invierno y Verano. Le recomendamos tenga presente estos horarios antes de adquirir su entrada.
Horario de Invierno
Desde el 01 de octubre al 31 de marzo: 09:30 h a 17:00 h
Tenga presente que el desalojo del recinto comienza a las 17:45 h
Horario de Verano
Desde el 01 de abril al 30 de septiembre: 09:30 h a 19:00 h
Tenga presente que el desalojo del recinto comienza a las 19:45 h
TASAS PÚBLICAS
Tarifas
Entrada General: 15,50 €
Entrada al Cuarto Real Alto: 5,50 €
Entradas reducidas: 8,00 €
- Ciudadanos de más de 65 años de edad.
- Estudiantes de entre 14 y 30 años de edad, ambos inclusive
- Titulares del Carnet Joven Europeo con edad comprendida entre los 14 y 30 años.
* Las entradas reducidas, antes eran sólo para ciudadanos de la Unión Europea. Ahora es para todo el mundo.
Visitas nocturnas o fuera del horario general
Cuota fija por grupo:
- Hasta 50 personas:.……………………..800,00
- De 50 a 100 personas…………………..1.000,00 €
- De 100 a 200 personas…………………1.200,00 €
- Más de 200 personas……………………1.500,00 €
Además de la cuota fija, se percibirá por cada visitante…………14,50 €
Rodaje de películas y documentales
- Películas con …………………………………………………………… 800,00 €
- Películas sin ……………………………………………………………. 450,00 €
- Fotografías con ……………………………………………………….. 200 €
- Fotografías sin ………………………………………………………… 150 €
Normas de aplicación a la Tarifa tercera:
En todos los casos la autorización exclusiva de las dependencias e instalaciones, además del pago del precio público, correrá a cargo de los cesionarios los gastos de limpieza y vigilancia y cualesquiera otros que se produzcan, así como el deterioro que se puedan causar.
El Patronato exigirá la contratación de un conservador de Patrimonio Histórico (Restaurador, Arqueólogo, Historiador del Arte o equivalente), durante el rodaje, bajo cuya responsabilidad quedará la entrega del bien mueble e inmueble en el mismo estado en el que se encontraba. Dicho conservador deberá tener experiencia en rodajes.
El Patronato exigirá simultáneamente al abono, la constitución de una póliza de seguros de responsabilidad civil, con Compañías autorizadas y un depósito en metálico en cuantía suficiente para garantizar el pago de los servicios y de los posibles desperfectos, previo a conceder la autorización.
La reproducción y exposición pública de las imágenes obtenidas deberán ser autorizadas expresamente por el Patronato Del Real Alcázar.
Celebración de actos oficiales
Por la celebración de actos, que no tengan carácter oficial reconocido y que sean autorizados por la Comisión Ejecutiva o Presidencia del Patronato: 8.000€
Visitas a exposiciones o eventos
Visitas temporales: según coste de producción para el Patronato.
- Hasta 100.000€: 3€
- Más de 100.000€: 6€
Noche en los Jardines del Alcázar
Entrada individual: 7€
Puede consultar el resto de condiciones de los precios por visitas y prestación de servicios del Real Alcázar de Sevilla en este enlace.
NORMAS DE USO
Normativa de uso del Real Alcázar
MUCHO MÁS
¿Qué incluye la visita?
NORMAS
Normas y Permisos
IV.- NORMAS DE GESTIÓN
Artículo 6º.-
El pago del precio público no afecta a la responsabilidad que pueda exigirse a los visitantes por los desperfectos o daños que causaren a las instalaciones, objetos o edificios con motivo de la visita.
V.- GESTIÓN RECAUDATORIA
Artículo 7º.-
1.- Los importes de los precios públicos regulados en la Tarifa Primera, en el apartado 2 de la Tarifa Segunda, en la Tarifa Quinta y Tarifa Sexta, se harán efectivos por una de las siguientes vías:
– Por taquillas: mediante la utilización de los aparatos expendedores y tiques establecidos para el control de acceso a las instalaciones del Real Alcázar de Sevilla.
– Por Internet: Mediante la utilización del servicio on-line de reserva y venta anticipada de entradas.
El producto de la recaudación será objeto de ingreso en la cuenta que, debidamente intervenida, tenga abierta el Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial de Sevilla para tal fin.
2.- Los importes de las Tarifas Segunda, apartado 1, Tercera y Cuarta, se abonarán mediante ingreso en la cuenta que, debidamente intervenida, tenga abierta el Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial de Sevilla para tal fin.
El importe de la Tarifa Segunda, apartado 1.b) también se podrá abonar por taquilla.
Artículo 8º.-
1. Las entradas adquiridas no admiten devolución, salvo en los siguientes supuestos:
a) Cuando no haya sido posible realizar la visita por causa imputable al Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial.
b) Cuando la cantidad ingresada haya sido superior a la debida por entrada.
c) Cuando así lo establezca una norma específica del ingreso de que se trata.
d) Cuando por normativa, esté prohibido el desplazamiento y no sea posible realizar el acceso al Real Alcázar.
2. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos podrá iniciarse de oficio o a instancia de la persona interesada. Se entenderá por persona interesada la deudora u obligada al pago y, en su defecto, quien lo hubiese realizado. En caso de fallecimiento o extinción y disolución, tendrá la consideración de personas interesadas las personas sucesoras de aquellas.
3. El órgano competente para dictar resolución motivada sobre la devolución de ingresos indebidos, que se notificará a los interesados, es la Comisión Ejecutiva. El plazo para la notificación de la resolución es de 6 meses desde la fecha en que se adopte el acuerdo de inicio.
4. Cuando el procedimiento se inicie a instancia de la persona interesada, la solicitud deberá dirigirse a la Comisión Ejecutiva y contendrá los siguientes datos:
a) Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio de la persona interesada.
b) Domicilio que la persona interesada señala a efectos de notificaciones.
c) Justificación del ingreso indebido. A la solicitud se acompañarán los documentos que acrediten el derecho a la devolución. La justificación podrá consistir en la mención exacta de los datos identificativos del ingreso realizado, entre ellos, la fecha y el medio de pago del ingreso y su importe. Asimismo, se podrá aportar cuantos elementos de prueba se consideren oportunos.
d) Lugar, fecha y firma de la solicitud.
5. El vencimiento del plazo de 6 meses, ya se haya iniciado el procedimiento de oficio o a instancia de los interesados, sin haberse notificado resolución expresa legítima a la persona interesada, se entiende desestimada su pretensión por silencio administrativo.
6. En ningún caso procederá la devolución del importe de la comisión por gestión que se haya establecido en el sistema de gestión y venta de entradas.
7. El cierre ocasional de algunos espacios del Real Alcázar o sus jardines, por razones de mantenimiento, necesidades urgentes o alertas climatológicas, será debidamente informado al público y no conllevará descuento ni reembolso del importe de la entrada.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y continuará en vigor hasta que expresamente se acuerde su modificación o derogación.
Artículo Adicional.-
El acuerdo de modificación de la Ordenanza reguladora del precio público, fue aprobado inicialmente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 18 de febrero de 2021 y definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día
Gestión Permisos Fotos de Boda
Tal y como recoge la nueva ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR VISITAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL REAL ALCÁZAR DE SEVILLA en su artículo 5º, TARIFA TERCERA, apartado e), la tarifa a aplicar para los Permisos de fotografías de boda será la siguiente:
Fotografías de bodas: 80,00 €
El importe se abonará mediante transferencia a la cuenta del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial de Sevilla: ES 88 0081 5094 84 0001092017 (Swift: BSABESBB) del Banco Sabadell. Ingresos a nombre de «Patronato del Real Alcázar de Sevilla».
IMPORTANTE: No estarán sujetos al pago de dicha Tarifa cuando al menos uno de los contrayentes sea nacido o residente en el municipio de Sevilla (Sevilla capital). Deberán acreditarlo con D.N.I. o padrón municipal. Ningún otro documento será válido.
El Permiso se autorizará siempre que se efectúe dentro del horario de apertura al público del Real Alcázar (Del 1 de octubre al 31 de marzo: de lunes a domingo, de 09:30h a 17:00h. Del 1 de abril al 30 septiembre: de lunes a domingo, de 09:30h a 19:00h. Cerrado los días 1 y 6 de enero, Viernes Santo y 25 de diciembre)
Podrán realizar sus fotos durante una hora en los espacios visitables del Real Alcázar, siempre que no se dificulte el tránsito de los demás visitantes y se respeten en todo momento las indicaciones del personal del Patronato.
El Permiso es válido para un total de 5 personas, incluidos los contrayentes y los fotógrafos. La entrada se efectuará por la Puerta del Apeadero (Patio de Banderas).
El Permiso autoriza exclusivamente la realización de fotografías de boda dentro del recinto del Real Alcázar. El Permiso para entrar con el coche hasta el Patio de Banderas deben solicitarlo en la Delegación de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL PERMISO:
Cualquiera de los contrayentes, deberá enviar un correo electrónico CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 1 MES a las direcciones actividades2@patronato-alcazarsevilla.es y actividades3@patronato-alcazarsevilla.es con los siguientes datos completos. AL MENOS 1 MES ANTES TENEMOS QUE TENER LA INFORMACIÓN COMPLETA:
- Día para realizar las fotos de boda.
- Hora de llegada al Real Alcázar.
- Teléfono de contacto.
- Dirección completa CON CÓDIGO POSTAL INCLUÍDO.
- Adjuntar los D.N.I. escaneados de ambos contrayentes, así como certificado de empadronamiento actual cuando proceda.
- En el caso de no ser ninguno de los contrayentes nacidos o residentes en Sevilla capital, deberán adjuntar también el comprobante de la transferencia realizada en la cuenta del Patronato del Real Alcázar de Sevilla anteriormente indicada.
Una vez recibida toda la documentación, tramitaremos el expediente y les enviaremos por correo electrónico el Permiso que deberán ustedes traer consigo el día de las Fotos de Boda. Igualmente les contactaríamos por correo electrónico en caso de que sea denegada la petición.
No se atenderán peticiones ni por teléfono ni de manera presencial.
Gestión Permisos Pintura Artística al Aire Libre
Tal y como recoge la nueva ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR VISITAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL REAL ALCÁZAR DE SEVILLA en su artículo 5º, TARIFA TERCERA, apartado f), la tarifa a aplicar para los Permisos de pintura artística al aire libre será la siguiente:
Pintura artística al aire libre
(Permisos trimestrales 7,00€/mes) (Trimestre) 21,00 €
El importe se abonará mediante transferencia a la cuenta del Patronato del Real Alcázar y de la Casa Consistorial de Sevilla: ES 88 0081 5094 84 0001092017 (Swift: BSABESBB) del Banco Sabadell. Ingresos a nombre de «Patronato del Real Alcázar de Sevilla».
El acceso al Real Alcázar para que pueda pintar en sus jardines será por un período de TRES MESES a partir de la fecha de su concesión, significándoles que quedaría en suspenso en el momento que por los distintos usos del Monumento lo considere la Dirección del mismo. Una vez caducado dicho Permiso, deberán solicitarlo nuevamente.
Este Permiso se autorizará siempre que se efectúe dentro del horario de apertura al público del Real Alcázar (Del 1 de octubre al 31 de marzo: de lunes a domingo, de 09:30h a 17:00h. Del 1 de abril al 30 septiembre: de lunes a domingo, de 09:30h a 19:00h. Cerrado los días 1 y 6 de enero, Viernes Santo y 25 de diciembre)
La entrada al Real Alcázar se efectuará por la Puerta del Apeadero (Patio de Banderas) y será obligatorio mostrar al Portero el Permiso en vigor, no permitiéndose la entrada en el caso de no traerlo consigo.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR EL PERMISO:
Enviar un correo electrónico CON UNA ANTELACIÓN MÍNIMA DE 1 MES a las direcciones actividades2@patronato-alcazarsevilla.es y actividades3@patronato-alcazarsevilla.es indicando lo siguiente:
- Nombre y apellidos.
- Número del D.N.I. o documento de identificación.
- Teléfono de contacto.
- Dirección completa con Código Postal.
- Deberán adjuntar también el comprobante de la transferencia realizada en la cuenta del Patronato del Real Alcázar de Sevilla anteriormente indicada.
- Deben indicar los 3 meses solicitados para el Permiso de Pintura. Tienen que ser consecutivos y solicitarse al menos con 1 mes de antelación. Los Permisos se concederán por meses naturales.
Una vez recibida toda la documentación, tramitaremos el expediente y les enviaremos por correo electrónico el Permiso que deberán ustedes traer consigo siempre que vengan a pintar a nuestros jardines. Igualmente les contactaríamos por correo electrónico en el caso de que falte alguno de los datos indicados o en caso de que sea denegada la petición.
No se atenderán peticiones ni por teléfono ni de manera presencial.
Normas de aplicación a la Tarifa Segunda apartado 1º (Entrada de grupos organizados)
1.- Las visitas de la tarifa segunda apartado 1º, podrán ser organizadas por particulares, empresas, instituciones académicas, organizadores de congresos, cruceros y otros que deseen ofrecer a sus miembros o clientes una aproximación más íntima y particular al Real Alcázar. Estas visitas se desarrollan fuera del horario ordinario de apertura al público y tendrán un aforo limitado de 150 personas.
2.- Estas visitas especiales se solicitarán con una antelación mínima de 1 mes al día que se quiera realizar la visita.
3.- Los espacios incluidos en estas visitas especiales se corresponderán con los lugares solicitados y abonados tal y como estén establecidos en la orden de precios públicos vigente en cada momento.
4.- Tanto el pago de dichas visitas especiales como el consiguiente abono de todas las entradas que se precisen para la realización de la misma se hará efectivo con 10 días de antelación al día de la visita y deberá quedar acreditado en la cuenta establecida a tal efecto por el Patronato del Real Alcázar, una vez comprobado el abono, y si cumple todos los requisitos, se notificará acuerdo o resolución de autorización. Podrán adquirirse hasta el mismo día de la visita un máximo de un 10% adicional de entradas con respecto a las abonadas inicialmente. En ningún caso, se procederá a la devolución del importe abonado salvo que por causas imputables al Patronato del Real Alcázar no se preste el servicio o no se realice la actividad.
5.- El PRA podrá establecer un procedimiento distinto y de aforo en este tipo de visitas, respetando siempre el aforo establecido por hora en los Palacios, ante circunstancias excepcionales, mediante la oportuna y previa justificación, particularmente congresos, convenciones y cruceros, cuando estén motivados por su especial singularidad y particularidad.
6.- En todo caso, la Dirección del PRA estará habilitada para autorizar o denegar la realización de la visita especial que se solicite, atendiendo a necesidades organizativas y de gestión y teniendo en cuenta los criterios de calidad de la visita. La Dirección del PRA podrá dictar las instrucciones de desarrollo que resulten precisas para regular las condiciones particulares de este tipo de visita.
VISITA ESCOLAR
Centros educativos
1º Normas y condiciones para solicitar visita gratuita al Real Alcázar con reserva, específica para centros educativos de Educación Infantil, Primaria y 1º y 2º de la E.S.O.:
El Patronato del Real Alcázar de Sevilla tiene entre sus objetivos prioritarios propiciar el conocimiento y la difusión del conjunto monumental que gestiona. Un conjunto de singular importancia histórica, artística y cultural, a lo que hay que añadir su carácter de Palacio Real en uso, prolongación de la Casa Consistorial de Sevilla y Patrimonio de la Humanidad desde 1987.
Para facilitar este conocimiento, ponemos a su disposición la Unidad de Actividades, que entre otras funciones tiene la de organizar mediante reserva previa las visitas de los centros educativos de enseñanza infantil, primaria y 1º y 2º de la E.S.O., como un recurso más de conocimiento de nuestro Patrimonio Cultural, puesto al alcance de la comunidad educativa.
Estas visitas son libres, tanto en su duración como en su recorrido.
La normativa obliga a que los todos los grupos de más de 8 personas y guiados (sean guiados por un guía oficial o sean guiados por un profesor) harán la visita con radioguías. Las radioguías las pueden ustedes traer consigo o las pueden ustedes alquilar aquí el mismo día de su visita. El precio es de 1 € por radioguía.
A continuación, la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Sevilla (Departamento de Historia del Arte, Asignatura “El Arte Andaluz en la Educación Infantil” 2012-2013) y el Patronato del Real Alcázar ponen a disposición de la comunidad docente un novedoso material didáctico para que los alumnos de Educación Infantil puedan visitar el Real Alcázar de Sevilla de una manera didáctica, divertida y participativa. Tanto desde el trabajo previo en clase, como a través de distintos itinerarios y cuentos, abrimos las puertas del Alcázar de Sevilla a los alumnos de 3 a 5 años, para así descubrir uno de los monumentos más complejos e interesantes que existen. ¡Bienvenidos!
MATERIAL ESPECÍFICO PARA EDUCACIÓN INFANTIL
Documentación en formato pdf y zip. Pulse en los enlaces para abrir en una ventana nueva o con el botón derecho y seleccione “Guardar archivo enlazado como…” para descargar los archivos en su ordenador.
Relación de autores: Irene Crespillo, Daniel del Valle, Laura Falcomer, Rocío Franco, Yolanda Gámez, Blanca López, Ana Isabel Melero, Sara Montilla, Teba María Nieto, Laura Sánchez, Natalia Sousa, Silvia Stefani y Regla Vargas.
Coordinadores: Carmen Rodríguez Serrano, Licenciada en Historia del Arte, Profesora y Personal Investigador en Formación de la Universidad de Sevilla; y Manuel Varas Rivero, Doctor y Profesor de la Universidad de Sevilla.
OTROS MATERIALES DIDÁCTIVOS
Reales Alcázares de Sevilla» elaborados por el Gabinete Pedagógico de Bellas Artes de Sevilla.