Apuntes del Alcázar de Sevilla. Nº 16, 2015 - page 43

41
Imagen 21.
Actuación nº 8. Finca sita en calle
Judería nº 6.
Imagen 22.
Actuación nº 8. Plano parcela
afectada sita en calle Judería nº 6.
ACTUACIÓN Nº 7. PUESTA EN VALOR
DE LA PRIMITIVA PUERTA DEL ALCÁZAR
SITA EN EL PATIO DE BANDERAS Nº 16.
Recuperación de la edificación sita en el Patio de
Banderas nº 16, parcela en donde se encuentra la
puerta primitiva del Alcázar. Dicha recuperación
se realizará mediante cesión al Ayuntamiento de
Sevilla por parte del Patrimonio del Estado (Mi-
nisterio de Medio Ambiente).
ACTUACIÓN Nº 8. INCORPORACIÓN
AL ALCÁZAR DE LA EDIFICACIÓN SITA
EN CALLE JUDERÍA Nº 6
El Postigo de la Judería debe formar parte del
conjunto arquitectónico del Real Alcázar al
igual que el resto de las edificaciones situadas
en el interior de sus murallas. Su construcción
respondió a la necesidad de salvar una irregula-
ridad de tránsito justificada por la reconstruc-
ción en época almohade del flanco oriental de
la alcazaba y desde entonces estuvo vinculado
lógicamente a aquella. No se entiende que en
la actualidad se haya estabilizado una situación
que permite que todo el Alcázar original y sus
tránsitos principales se encuentren fuera de su
jurisdicción.
La Ley del Patrimonio Histórico Español en
su artículo 37, apartado 3 justificaría a nuestro
entender un paso de jurisdicción en beneficio
público de dicho inmueble bajo el fundamen-
to de la «incompatibilidad de su uso (privado)
con respecto a sus valores históricos» dándose
la circunstancia de que su gestión privada «im-
pide una correcta observación en integridad del
bien cultural protegido». Ambas circunstan-
cias, recogidas en dicho apartado de la Ley se
recogen como justificación de posibles expro-
piaciones.
En base a lo expuesto, se quiere recuperar el
Postigo de la Judería, incorporándolo al Alcázar,
dándole un uso acorde a su valor histórico.
1...,33,34,35,36,37,38,39,40,41,42 44,45,46,47,48,49,50,51,52,53,...316
Powered by FlippingBook