Apuntes del Alcázar de Sevilla. Nº 16, 2015 - page 50

48 Apuntes del Alcázar de Sevilla
PROTECCIÓN
Objeto del documento.
El objeto de este documento es el análisis de la
contaminación visual o perceptiva existente en
el Sector 6 «Real Alcázar» del Conjunto Histó-
rico, y la proposición de determinadas medidas
para la descontaminación visual del sector, para
dar cumplimiento a los artículos 19
y 31.1. de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, de
Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación
al contenido exigido para los Planes Especiales
de Protección, y a lo dispuesto en la Disposición
Transitoria Primera que establece la obligatorie-
dad de la redacción de un Plan de Descontami-
nación Visual o Perceptiva para el Sector.
Contaminación Visual o Perceptiva.
La contaminación visual es un concepto de im-
precisa definición, aunque comúnmente se aso-
cia a todo aquello que afecta o perturba la visua-
lización de algún elemento o rompe la estética
de una zona o paisaje.
En general se refiere al abuso de determinados
elementos efímeros y no arquitectónicos que
alteran la estética, la imagen del paisaje rural y
sobre todo urbano, aunque su persistencia en el
tiempo los haga elementos cotidianos.
Sobre el patrimonio histórico-artístico existen
muy diversas amenazas, pero tal vez una de las
amenazas más preocupantes en la actualidad,
debida quizás a la falta de concienciación social,
sea la contaminación visual.
En este punto, de todos es conocido el descontrol
existente en la instalación de anuncios, carteles,
cables, postes, antenas, marquesinas, contado-
res, toldos, etc., que suponen una agresión en la
contemplación del patrimonio histórico-artístico.
Pero no son solo dichos elementos los que influ-
yen en la contemplación del bien sino que existen
otros que no son tenidos en cuenta como son los
tratamientos de los pavimentos, del mobiliario
urbano, las nuevas instalaciones de energía solar
o de acondicionamiento de aire requeridas por la
sociedad en general y que difícilmente pueden
compatibilizarse con construcciones donde di-
chos requerimientos no eran exigidos.
Por todo el problema de la contaminación visual
es un hecho complejo donde intervienen, y deben
intervenir diferentes organismos, tanto públicos
como privados. De esta manera tenemos dentro
de los organismos públicos las distintas Adminis-
traciones, la estatal, la autonómica y la municipal,
cada una con unas competencias; y por otra par-
te los organismos privados, todas las compañías
suministradoras de servicios que se exigen para
un adecuado desarrollo de la actividad humana:
agua, electricidad, gas, telecomunicaciones, etc.
La metodología de análisis que se va seguir para
el estudio del sector en relación a la contamina-
ción visual o perceptiva es la siguiente:
• Identificación de aquellos elementos sus-
ceptibles de producir contaminación visual.
• Análisis y diagnóstico general del Sector,
con un recorrido por todo el mismo identi-
ficando aquellos elementos contaminantes.
• Análisis y diagnóstico individualizado de
las edificaciones monumentales del Sector,
no solo de aquellos elementos inscritos en
el Catálogo General del Patrimonio Histó-
rico de Andalucía sino de todas las edifica-
ciones catalogadas con los mayores grados
de protección, «A» y «B».
• Análisis y diagnóstico individualizado de
las edificaciones catalogadas con los grados
de protección, «C» y «D».
Identificación de los elementos
susceptibles de producir Contaminación
Visual.
La Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía
establece en su artículo 19 que se entenderá por
contaminación visual o perceptiva aquella in-
tervención, uso o acción en el bien o su entorno
de protección que degrade los valores, así como
toda interferencia que impida o distorsione su
contemplación. Asimismo, la LPHA establece
1...,40,41,42,43,44,45,46,47,48,49 51,52,53,54,55,56,57,58,59,60,...316
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